Médico Hospitalario
Con el Seguro Médico Hospitalario te encuentras protegido ante cualquier eventualidad, contando con la cobertura necesaria para enfrentar los gastos ocasionados por un accidente o enfermedad.
Descripción de las Coberturas de Seguro Médico Hospitalario
La Compañía reconocerá los gastos médicos conforme a lo establecido en las Condiciones generales y especiales de cada póliza y sus Anexos.
Gastos por sumunistros de hospital, incluyendo:
Gasto diario por cuarto y alimentos: la cantidad que le cobre el hospital, hasta el máximo establecido en el Cuadro de Beneficios de las Condiciones Especiales, sin exceder de 365 días por cada período de incapacidad.
Derecho al uso de sala de emergencias, sala de operaciones, cuidados intensivos y ambulancia.
Drogas y medicamentos que sean necesarios para el tratamiento de una enfermedad o accidente, suministrados dentro del hospital. Se aplicará decreto No. 139/97 emitido por la Secretaría de Industria y Comercio el 04 de Diciembre de 1999 y sus reformas.
Costo de análisis de laboratorio, de estudios de rayos x, de electrocardiografía, encefalografía o de cualesquiera otros indispensables para diagnóstico o tratamiento de una enfermedad o accidente
Gastos por consumo de oxígeno, terapia de inhalación, transfusiones de sangre, plasma, sueros u otras sustancias similares
Gastos por alquiler de: silla de ruedas, cama especial de hospital, pulmón mecánico o cualquier equipo mecánico necesario para el tratamiento de parálisis respiratorias.
Gastos y honorarios por tratamiento médico suministrado por un médico autorizado legalmente para ejercer la medicina, sujetando dichos gastos al arancel vigente.
Gastos y honorarios por procedimientos quirúrgicos realizados por un cirujano autorizado legalmente, sujetando dichos gastos al arancel vigente.
Los gastos de anestesia y honorarios de anestesiólogo autorizados legalmente para ejercer la profesión, sujetando dichos gastos al arancel vigente.
Gastos y honorarios por atención suministrada por enfermeras(os), de acuerdo a los costos razonables y acostumbrados.
Gastos y honorarios por procedimientos suministrados por un radiólogo, indicado por un médico.
Gastos y honorarios por tratamientos suministrados por un fisioterapeuta, remitido por un médico especialista en el ramo.
Drogas y medicamentos que sean necesarios para el tratamiento de una enfermedad o accidente adquiridos fuera del hospital siempre que sean prescritos por un médico y suministrados por un farmacéutico autorizado para ello.
Costo de análisis de laboratorio, de estudios de rayos x, de electrocardiografía, encefalografía, electromiografía, ecocardiograma, pruebas de esfuerzo, estudios de velocidad de neuroconducción o de cualesquiera otros indispensables para diagnóstico o tratamiento de una enfermedad o accidente cubiertos por esta póliza, sin que el reconocimiento de estos gastos representen obligación para la Compañía en caso de diagnosticar una enfermedad excluida por la misma.
Gastos por alquiler de oxígeno, terapia de inhalación, sueros u otras sustancias similares.
Los gastos de recién nacido serán elegibles después de los 10 días de su nacimiento.
Gastos por tratamientos de una enfermedad o cirugía de los dientes o tejidos adyacentes practicados por un dentista u otra persona profesional del ramo, siempre y cuando sean a consecuencia de un accidente y se realicen dentro de los 180 días siguientes al mismo y que el individuo se encuentre asegurado en la fecha de realización de los gastos.
Gastos por cirugía plástica reconstructiva practicado por un profesional del ramo, siempre y cuando sean a consecuencia de un accidente y se realicen dentro de los 180 días siguientes al mismo y que el individuo se encuentre asegurado en la fecha de realización de los gastos.
Gastos por transplante de órganos, exceptuando todos los gastos en que incurra el donante.
Requisitos para la suscripción del Contrato
Seguro Colectivo de Vida y Médico Hospitalario
Completar la solicitud de Seguro Colectivo de Vida y Médico Hospitalario por el Contratante
Tarjeta de Enrolamiento Seguro Colectivo de Vida y Médico Hospitalario completas y copia de identidad por cada persona que forma parte del grupo asegurable
Formulario de Inscripción de Seguro Médico para Familiares Dependientes
Cuestionario de Salud sin Examen Médico (en caso de ser requerido)Formulario de Examen Físico (en caso de ser requerido)
Oferta de Seguro presentada al Cliente
Escritura de constitución de la empresa
Copia del RTN de la empresa
Certificación de Socios
Copia de la Tarjeta de Identidad y RTN del representante legal de la empresa
* Cubre los gastos hospitalarios, honorarios médicos, intervenciones quirúrgicas, medicamentos, laboratorios, radiografías, rayos x, terapia intensiva, enfermería, ambulancia y gastos varios que se incluyen en una hospitalización.
* La edad máxima de permanencia para el cónyuge es hasta los 70 años y para los dependientes es hasta los 23 años siempre cuando sigan siendo dependientes económicamente del asegurado principal para su ayuda y sostenimiento.